Parte 3 - Libro I - Título VI - Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

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1 - Conforme a la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 127 quater.1.b, ¿cuándo podrán los jueces y tribunales acordar el decomiso de otros bienes transferidos a terceras personas?
Cuando los hubieran adquirido con conocimiento de que de este modo se dificultaba su decomiso o cuando una persona diligente habría tenido motivos para sospechar, en las circunstancias del caso, que de ese modo se dificultaba su decomiso.
Cuando los hubieran adquirido sin conocimiento de que se dificultaba su decomiso y cuando una persona diligente no habría tenido motivos para sospechar, en las circunstancias del caso, que de ese modo se dificultaba su decomiso.
Cuando los hubieran adquirido con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita o cuando una persona diligente habría tenido motivos para sospechar, en las circunstancias del caso, de su origen ilícito.
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2 - De acuerdo con la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 127 quater.1, ¿qué facultad se reconoce a los jueces y tribunales respecto de bienes, efectos y ganancias transferidos a terceras personas?
Podrán acordar únicamente el decomiso de los efectos y ganancias a que se refieren los artículos anteriores que hayan sido transferidos a terceras personas, excluyendo cualquier decomiso de valor equivalente.
Podrán acordar el decomiso de los bienes, efectos y ganancias a que se refieren los artículos anteriores solo cuando no hayan sido transferidos a terceras personas, excluyendo el decomiso de valor equivalente.
Podrán acordar el decomiso de los bienes, efectos y ganancias a que se refieren los artículos anteriores que hayan sido transferidos a terceras personas, o de un valor equivalente a los mismos, en los casos previstos en las letras a) y b).
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3 - Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 127 quater.2, se presumirá, salvo prueba en contrario, que el tercero ha conocido o ha tenido motivos para sospechar el origen ilícito de los bienes o su transferencia para evitar el decomiso, cuando los bienes o efectos le hubieran sido transferidos ______________.
a título oneroso y siempre por su valor real de mercado
a título gratuito o por un precio inferior al real de mercado
a título gratuito, con independencia de que el precio sea superior o inferior al de mercado
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4 - Según el artículo 127 quinquies.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ¿cuál de los siguientes requisitos NO forma parte de las condiciones cumulativas para que los jueces y tribunales puedan acordar el decomiso de bienes, efectos y ganancias provenientes de la actividad delictiva previa del condenado?
Que el sujeto sea o haya sido condenado por alguno de los delitos a que se refiere el artículo 127 bis.1 del Código Penal.
Que el delito se haya cometido en el contexto de una actividad delictiva previa continuada.
Que el sujeto haya sido condenado por cualquier delito doloso con pena privativa de libertad superior a tres años, con independencia de lo dispuesto en el artículo 127 bis.1 del Código Penal.
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5 - Conforme al artículo 127 quinquies.1.c de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ¿cuál de las siguientes formulaciones describe correctamente el requisito relativo al patrimonio del penado para acordar el decomiso de bienes, efectos y ganancias provenientes de la actividad delictiva previa?
Que existan indicios fundados de que una parte relevante del patrimonio del penado procede de una actividad delictiva posterior.
Que existan indicios fundados de que la totalidad del patrimonio del penado procede de una actividad delictiva previa.
Que existan indicios fundados de que una parte relevante del patrimonio del penado procede de una actividad delictiva previa.
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6 - De acuerdo con el último párrafo del artículo 127 quinquies de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ¿cuál es la condición económica mínima para que resulte aplicable lo dispuesto respecto de los indicios relevantes de procedencia delictiva del patrimonio?
Que consten indicios fundados de que el sujeto ha obtenido, a partir de su actividad delictiva, un beneficio superior a 6.000 euros.
Que consten indicios fundados de que el sujeto ha obtenido, a partir de su actividad delictiva, un beneficio igual o superior a 6.000 euros.
Que consten indicios fundados de que el sujeto ha obtenido, a partir de su actividad delictiva, un beneficio superior a 60.000 euros.
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7 - Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, art. 127 quinquies.2.a, se entenderá que el delito se ha cometido en el contexto de una actividad delictiva continuada cuando el sujeto sea condenado en el mismo procedimiento por un delito continuado que incluya, al menos, ______________ infracciones penales de las que haya derivado un beneficio económico directo o indirecto.
seis
dos
tres
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8 - Conforme a la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, art. 127 quinquies.2.b, para apreciar que el delito se ha cometido en el contexto de una actividad delictiva continuada, en el período de seis años anterior al inicio del procedimiento el sujeto debe haber sido condenado por ______________ delitos de los que hubiera derivado la obtención de un beneficio económico.
exactamente uno
al menos tres
dos o más