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1 - Según el Real Decreto 1428/2003, Reglamento general de la circulación, en los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir en el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte posterior y tres metros por la anterior.
En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y dos metros por la posterior.