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1 - Qué porcentaje máximo puede según el art. 26 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, podrá subcontratar al beneficiario de una subvención:
El beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no excederá del 50% del importe de la actividad subvencionada, si en las bases no se establece otro porcentaje.
Si en las bases reguladoras no se establece otro porcentaje, el beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no excederá el 20%.
Si en las bases reguladoras no se establece otro porcentaje, el beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no excederá el 30%.
si en las bases reguladoras no se establece otro porcentaje, el beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no excederá el 10%.