Parte 2 - Prueba tipo test - Policía (D.O.C.M. N.º 128, DE 07 DE JULIO DE 2025) Castilla-La Mancha 04/10/2025

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1 - ¿Qué mayoría se requiere en las Cortes de Castilla-La Mancha para aprobar la Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo?
Mayoría simple.
Mayoría absoluta.
Mayoría de dos tercios.
Mayoría de tres quintos.
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2 - De conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, es competencia de la Junta de Comunidades, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, el desarrollo legislativo y la ejecución en la materia siguiente:
Pastos.
Propiedad industrial.
Productos farmacéuticos.
Contraste de metales.
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3 - Conforme el artículo 128 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los reglamentos y disposiciones administrativas:
Podrán establecer contribuciones especiales.
No podrán establecer tributos.
No podrán tipificar delitos ni faltas, pero si nuevas infracciones administrativas.
Podrán introducir especificaciones o graduaciones al cuadro de las infracciones o sanciones establecidas legalmente, alterando los límites de las que la ley contempla.
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4 - Según el artículo 42 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, el Presidente del Consejo Consultivo es elegido por:
Los miembros del Consejo Consultivo de entre sus integrantes.
Los miembros natos del Consejo Consultivo de entre los de esta procedencia.
Los miembros electivos del Consejo Consultivo de entre los de esta procedencia.
Las Cortes de Castilla-La Mancha por mayoría de tres quintos.
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5 - En relación con la práctica de las notificaciones en papel, el artículo 42 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que:
Todas las notificaciones que se practiquen en papel deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante para que pueda acceder a su contenido de forma voluntaria.
Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de doce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.
Si nadie se hace cargo de la notificación en el domicilio del interesado, se hará constar esta circunstancia en el expediente, con el día y la hora en que se intentó la notificación, y se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días naturales siguientes.
En caso de que el primer intento de notificación en el domicilio del interesado se haya realizado antes de las dieciséis horas, el segundo intento deberá realizarse después de las dieciséis horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación.
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6 - Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada, según el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando hayan transcurrido:
Diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Quince días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Quince días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
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7 - El artículo 72 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo, de acuerdo con el principio:
De economía administrativa.
De simplificación administrativa.
De eficacia administrativa.
De eficiencia administrativa.
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8 - El artículo 77 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la prueba consista en la emisión de un informe de un órgano administrativo, organismo público o Entidad de derecho público, se entenderá que éste tiene:
Carácter preceptivo.
Carácter facultativo y no vinculante.
Carácter determinante.
Carácter vinculante.
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9 - Contra las disposiciones generales emanadas de las Entidades locales, se podrá interponer:
Recurso contencioso administrativo ante la Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Juzgados Superiores de Justicia.
Recurso potestativo de reposición.
Recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo.
Recurso contencioso administrativo ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia.
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10 - De acuerdo con el artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, será sancionable, como infracción continuada:
La realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejantes preceptos administrativos, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión.
La realización de una pluralidad de acciones en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, exclusivamente cuando infrinjan el mismo precepto administrativo.
La realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejantes preceptos administrativos, realizadas de forma espontanea o aprovechando distinta ocasión.
La realización de una pluralidad de acciones realizadas de forma espontanea o aprovechando distinta ocasión, exclusivamente cuando infrinjan el mismo precepto administrativo.