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1 - Según el R. D. Legislativo 6/2015, corresponde a los municipios:
La coordinación de la prestación de la asistencia sanitaria en las vías públicas o de uso público.
La denuncia y sanción de las infracciones por incumplimiento de la obligación de someterse a la inspección técnica de vehículos, así como a las prescripciones derivadas de aquélla, y por razón del ejercicio de actividades industriales que afecten de manera directa a la seguridad vial.
La restricción de la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales.