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1 - Según el artículo 5 de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, los ciudadanos canarios están obligados a:
Observar una conducta cívica y colaborar con las Administraciones públicas competentes en materia de protección civil.
Dirigir directamente las intervenciones operativas de emergencias.
Aprobar planes de seguridad y emergencias a nivel municipal.
Sustituir la actuación de los servicios de emergencia en casos críticos.