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1 - Según la Ley de Contratos del Sector Público, para tramitar un contrato para el que no haya competencia por razones técnicas o que proceda la protección de derechos de propiedad intelectual o industrial, se realizará mediante:
Procedimiento abierto de contratación.
Diálogo competitivo.
Procedimiento asociación para la innovación.
Procedimiento negociado sin publicidad.