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1 - En relación con los recursos administrativos regulados en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Si el recurso potestativo de reposición se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de alzada será de un mes.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso potestativo de reposición será de tres meses.