Parte 4 - Examen tipo test - Gestión de la Función Administrativa (OPE 2017/2018) Servicio Valenciano de Salud 06/11/2022

CASO PRÁCTICO 2

A.A.A., que presta servicios como personal estatutario temporal en la categoría de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, grupo de titulación C2, con turno fijo de noche, participa en un procedimiento de selección de personal estatutario fijo mediante concurso-oposición, y obtiene plaza en la categoría de administrativo, grupo de titulación C1 en el Hospital La Fe de Valencia.

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1 - Señale la respuesta correcta. Según el Decreto 192/2017, de 1 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud (en adelante D 192/2017):
Se reservará un cupo no inferior al 5 % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con grado de diversidad funcional igual o superior al 33 %, considerando como tales las definidas en la normativa vigente.
La reserva del porcentaje mínimo de vacantes a cubrir entre personas con grado de diversidad funcional igual o superior al 33 %, se realizará de manera que, al menos, el 2 % de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten diversidad funcional intelectual y el resto del cupo para personas que acrediten cualquier otro tipo de diversidad funcional.
Se reservará para su provisión por el turno de promoción interna como mínimo un 40 % de las plazas ofertadas.
No se exigirá el requisito general de titulación para el acceso por el sistema de promoción interna a los subgrupos de clasificación profesional C1 y C2 a quienes hayan prestado servicios como personal estatutario fijo en la categoría de procedencia durante más de cinco años.

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2 - Cuando A.A.A. toma posesión de su plaza en el Hospital La Fe, hay varias plazas básicas vacantes susceptibles de recibir la toma de posesión de personal estatutario fijo. ¿Cuál será el orden establecido en la cobertura de estas plazas vacantes de acuerdo con la disposición adicional cuarta del D 192/2017?
En primer lugar, se cubrirán las vacantes que no estén ocupadas por ningún tipo de personal, ni fijo ni temporal. Se tomarán en consideración las plazas básicas vacantes que existan en el centro en cuestión el día siguiente a la publicación de la resolución que abra el plazo para la toma de posesión, sea cual fuere la fecha en que aquellas vacantes se generaron.
En primer lugar, se cubrirán las vacantes que no estén ocupadas por ningún tipo de personal, ni fijo ni temporal. Se tomarán en consideración las plazas básicas vacantes que existan en el centro en cuestión el día de la resolución que abra el plazo para la toma de posesión, incluyéndose como tales las plazas que queden vacantes como consecuencia de la ejecución del concurso-oposición, sea cual fuere la fecha en que aquellas vacantes se generaron.
En primer lugar, se cubrirán las vacantes que no estén ocupadas por ningún tipo de personal, ni fijo ni temporal. Se tomarán en consideración las plazas básicas vacantes que existan en el centro en cuestión el día siguiente a la publicación de la resolución que abra el plazo para la toma de posesión, incluyéndose como tales las plazas que queden vacantes como consecuencia de la ejecución del concurso-oposición, sea cual fuere la fecha en que aquellas vacantes se generaron.
En primer lugar, se cubrirán las vacantes que no estén ocupadas por personal temporal. Se tomarán en consideración las plazas básicas vacantes que existan en el centro en cuestión el día de la resolución que abra el plazo para la toma de posesión, incluyéndose como tales las plazas que queden vacantes como consecuencia de la ejecución del concurso- oposición, sea cual fuere la fecha en que aquellas vacantes se generaron.

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3 - Señale la respuesta correcta. A.A.A., incorporado en su puesto como administrativo, solicita su inclusión y encuadramiento inicial en el sistema de desarrollo profesional en el grupo de titulación C1. De acuerdo con el Decreto 82/2020, del Consell, que regula el sistema de desarrollo profesional del personal estatutario gestionado por la consellería competente en sanidad:
Se tendrán en cuenta en todo caso, los servicios prestados en el grupo de titulación C2, como si lo hubieran sido en el grupo de titulación C1, como excepción a lo establecido en la disposición adicional tercera de dicho decreto.
Se tendrán en cuenta los servicios prestados en el mismo grupo de titulación, sin perjuicio del cómputo ponderado de servicios prestados en otros grupos de titulación contenido en la disposición adicional tercera del Decreto 82/2020, en este caso con una ponderación de 0,80.
Se tendrán en cuenta los servicios prestados en el mismo grupo de titulación, sin perjuicio del cómputo ponderado de servicios prestados en otros grupos de titulación contenido en la disposición adicional tercera del Decreto 82/2020, en este caso con una ponderación de 0,75.
Se tendrán en cuenta los servicios prestados en el mismo grupo de titulación, sin perjuicio del cómputo ponderado de servicios prestados en otros grupos de titulación contenido en la disposición adicional tercera del Decreto 82/2020, en este caso con una ponderación de 0,65.

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4 - Señale la respuesta incorrecta. A.A.A., como personal estatutario fijo de los servicios de salud, de acuerdo con la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (en adelante Ley 55/2003 del EM) le corresponde, entre otros, el derecho individual:
Disponer de servicios de prevención y de órganos representativos en materia de seguridad laboral.
A la acción social en los términos y ámbitos subjetivos que se determinen en las normas, acuerdos o convenios aplicables.
A la estabilidad en el empleo y al ejercicio o desempeño efectivo de la profesión o funciones que correspondan a su nombramiento.
Al encuadramiento en el régimen general de la Seguridad Social, con los derechos y obligaciones que de ello se derivan.

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5 - Señale la respuesta correcta. Un tiempo más tarde, A.A.A. cree cumplir los requisitos necesarios y presenta una solicitud formal de progresión al grado siguiente de desarrollo profesional. Si desde que se cumplieron los requisitos necesarios de progresión hasta que se presenta su solicitud, han transcurrido dos meses, en la resolución que se dicte, de acuerdo con el D 82/2020:
Los efectos económicos y administrativos se referirán al día que se cumplieron los requisitos necesarios para la progresión de grado.
Los efectos económicos y administrativos se referirán a la fecha de solicitud.
Los efectos económicos se referirán a la fecha de su solicitud y los efectos administrativos a la fecha en que se cumplieron los requisitos necesarios para la progresión de grado.
Los efectos administrativos se referirán a la fecha de su solicitud y los efectos económicos a la fecha en que se cumplieron los requisitos necesarios para la progresión de grado.

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6 - Señale la respuesta correcta. A.A.A. acaba de ser padre y tras disfrutar del permiso por nacimiento se dirige al servicio de personal del Hospital la Fe para preguntar si tendría derecho a disfrutar del permiso por lactancia acumulada por hijo menor de 12 meses.
Sí, independientemente de que lo disfrute la madre.
No, es un permiso que puede disfrutar únicamente la madre.
Puede disfrutarse por cualquiera de los dos progenitores, pero no simultáneamente.
Solo lo podría disfrutar si la madre se encuentra en paro.

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7 - A.A.A. incumple injustificadamente su jornada de trabajo al ausentarse de su puesto de trabajo durante 3 días continuados, sin motivo ni causa justificada, ni autorización para ello, y sin que de forma acumulada se superen 20 horas al mes. ¿Qué calificación tendría esta falta según la Ley 55/2003 del EM?
Grave.
Leve.
No constituye falta al no superar las 20 horas al mes acumuladamente.
Muy grave.

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8 - Señale la respuesta incorrecta. De acuerdo con el Decreto 137/2003, de 18 de julio, del Consell, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias de la Generalitat dependientes de la Consellería de Sanitat:
Turno nocturno: es el que comienza a las veintidós horas y finaliza a las ocho de la mañana del día siguiente.
El turno nocturno podrá prestarse tanto en noches consecutivas de manera voluntaria con un descanso diario de doce horas, como alternas.
En el turno de noche el descanso diario y semanal se halla implícito y cumplido en cualquier modalidad de jornada semanal en turno de noches, mientras que no genera ni se aplica la libranza de sábados.
El turno fijo nocturno debe resultar absolutamente excepcional, salvo necesidad asistencial justificada, fijándose como regla general la realización de 62 noches al año como máximo, cumpliendo el resto de jornada en turno diurno.

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9 - Señale la respuesta incorrecta. Según se establece en el artículo 44 del Decreto 192/2017, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones públicas del Sistema Valenciano de Salud, las comisiones de servicio finalizarán:
Por la reincorporación del titular en caso de puestos reservados.
Por revocación motivada de la comisión por el órgano competente en materia de personal.
Por la reincorporación de personal en reingreso al servicio activo con destino provisional.
Por la cobertura reglamentaria del puesto mediante la resolución de un concurso de traslados.

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10 - Según el decreto 192/2017, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones públicas del Sistema Valenciano de Salud, en los procesos de provisión de plazas de carácter directivo la comisión de valoración estará compuesta por:
7 personas, incluida la presidencia y la secretaría, que ostentará voz y voto. Formarán parte de dicha comisión dos representantes a propuesta de las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
5 personas, incluida la presidencia y la secretaría, que ostentará voz y voto. Dos de los miembros, exceptuando la presidencia y secretaría, serán a propuesta de dirección/gerencia.
5 personas, incluida la presidencia y la secretaría, que ostentará voz y voto. Formarán parte de dicha comisión dos representantes a propuesta de las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
7 personas incluida la presidencia y la secretaría, que ostentará voz y voto. Dos de los miembros, exceptuando la presidencia y secretaría, serán a propuesta de dirección/gerencia.

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11 - Según el artículo 23 de la Orden 2/2020, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, respecto al baremo de méritos para los procesos de provisión de plazas básicas vacantes mediante convocatorias de movilidad voluntaria de las categorías profesionales de gestión y de servicios correspondientes a los grupos de titulación A1 y A2, por la participación en los órganos colegiados de selección y provisión y/o la pertenencia al colegio de selección y provisión, se otorgará:
0,25 puntos por nombramiento o año de pertenencia hasta un máximo de 1 punto.
0,20 puntos por nombramiento y 0,10 por año de pertenencia hasta un máximo de 1 punto.
0,20 puntos por nombramiento y 0,10 por año de pertenencia hasta un máximo de 2,50 puntos.
0,25 puntos por nombramiento o año de pertenencia hasta un máximo de 2,50 puntos.

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12 - Según el artículo 24 de la Orden 4/2019, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, si se oferta un nombramiento de carácter interino o nombramiento de carácter temporal de duración prevista superior a 6 meses a una persona candidata que se encuentre en situación de incapacidad laboral relacionada con el embarazo o descanso maternal o paternidad, en el caso de que opte por la aceptación del nombramiento:
Si está embarazada a partir de la semana 36 de gestación, será contratada y se procederá conforme a lo establecido en el procedimiento de protección a la maternidad.
Se procederá a su formalización quedando diferida su efectividad a la finalización de la incapacidad laboral o el permiso.
Si opta por no aceptar la oferta de trabajo, será penalizada y quedará desactivada hasta que finalice la situación de incapacidad o el permiso.
El tiempo de permanencia en la situación de desactivación no computará como tiempo trabajado en el baremo previsto en la presente orden.

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13 - Según lo establecido en la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana, señale cuál es la definición correcta.
El personal facultativo que se incorpore a un puesto de trabajo mediante un concurso de traslados o acceda a una plaza de jefatura asistencial se le asignará el complemento específico C, sin perjuicio de las posibilidades de opción previstas en las disposiciones que regulan este procedimiento.
El personal facultativo que acceda a un puesto de trabajo mediante cualquier sistema de provisión no definitivo, tendrá asignado el complemento específico C, salvo que dicho complemento no esté previsto en las tablas retributivas para ese puesto. No obstante, cuando la provisión se realice por comisión de servicios o nombramiento provisional podrá mantener el complemento específico B si lo percibía en el puesto de origen y está previsto en el puesto al que accede.
El personal facultativo podrá optar por los complementos específicos previstos en los diferentes grupos retributivos incluidos en el anexo de esta ley para cada tipo de puesto. Una vez asignado el complemento específico B, no se podrá optar a la percepción del complemento específico C.
Al personal facultativo que se incorpore a un puesto de trabajo mediante la superación de las correspondientes pruebas selectivas se le asignará el complemento específico A, salvo que dicho complemento no esté previsto en las tablas retributivas para ese puesto.

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14 - Señale la respuesta incorrecta. Según el artículo 10 del Decreto 82/2020, del Consell, que regula el sistema de desarrollo profesional del personal estatutario gestionado por la Consellería de Sanidad, se considerará que la valoración del cumplimiento de objetivos ha sido igual a la obtenida a efectos de productividad por la unidad o centro de menor rango a la que esté adscrito el puesto, en la proporción correspondiente, durante el tiempo en que el personal se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:
Permiso por acción sindical.
Permiso por razones de maternidad, paternidad y tiempo de lactancia.
Excedencia por cuidado de familiares.
Servicios especiales.

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15 - Señale la respuesta correcta. Según la redacción de los artículos 20 a 23 del Decreto 137/2003, de 18 de julio, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanitat, modificado por el Decreto 38/2016, de 8 de abril, del Consell:
Las vacaciones tienen carácter irrenunciable, no pudiendo compensarse en metálico en ningún caso, y se disfrutarán dentro del año natural a que correspondan salvo situación de incapacidad temporal sobrevenida una vez iniciado el disfrute de vacaciones o incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural, o con el descanso por maternidad o el permiso de paternidad, en que se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones al finalizar las causas reseñadas, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas de embarazo, el parto o la lactancia natural, o con el descanso por maternidad o el permiso de paternidad, que imposibilite al personal disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, podrán hacerse efectivas una vez finalice la incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se originaron.
La situación de incapacidad temporal sobrevenida una vez iniciado el disfrute de vacaciones solo lo interrumpirá cuando concurra hospitalización o enfermedad grave.
En todo caso, y en cumplimiento de la normativa vigente en la materia, la suma de días sueltos, o su conversión en horas, disfrutados fuera del periodo vacacional ordinario, más los días hábiles de lunes a viernes contenidos en el periodo o periodos disfrutados dentro de este, será de 22 días naturales.

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16 - Según lo establecido en el Decreto 38/2016, de 8 de abril, del Consell, por el que se modifica el Decreto 137/2003, de 18 de julio, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanitat, X.X.X. personal estatutario fijo que tienen reconocidos 10 trienios, tendría que cumplir una jornada efectiva general anual, una vez descontados todos los conceptos de descuento, de:
1589 horas.
1955 horas.
1556 horas.
1526 horas.

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17 - De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, quedan exceptuadas del régimen de incompatibilidades de dicha ley las actividades siguientes:
El desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares.
El ejercicio del cargo de presidente, vocal o miembro de juntas rectoras de mutualidades o patronatos de funcionarios.
La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tenga carácter permanente o habitual ni supongan más de setenta y cinco horas al año, así como la preparación para el acceso a la función pública en los casos y forma que reglamentariamente se determine.
La producción y creación literaria, artística, científica y técnica, así como las publicaciones derivadas de aquellas.