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1 - La indemnización por responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas se calculará con arreglo a los criterios de valoración establecidos en:
La legislación de expropiación forzosa, a valor de mercado.
La legislación fiscal, en función de las tablas publicadas por el Ministerio de Economía y Hacienda.
La legislación mercantil.
La legislación fiscal, de expropiación forzosa y demás normas aplicables, ponderándose, en su caso, las valoraciones predominantes en el mercado.