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1 - Según el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda notificación deberá ser cursada:
Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.
Dentro del plazo de quince días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.
Dentro del plazo de veinte días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.