Juan e Irene, junto a su hijo de 11 años, son una familia objeto de intervención por parte del equipo municipal de servicios sociales. Su situación fue valorada como de riesgo, y se inició un proyecto de intervención personal, social y educativo familiar para intervenir.
Jenifer tiene 25 años, es madre de dos hijas de 6 y 3 años. Tras 7 años de convivencia con el padre de sus hijas, ha interpuesto denuncia por violencia física, psicológica y sexual y en las medidas previas se le ha concedido el uso del domicilio conyugal y la guardia y custodia de las menores.
Atendiendo a la red pública de la Generalitat Valenciana de servicios de carácter ambulatorio, especializados para mujeres víctimas de violencia de género, explica brevemente cada una de las tipologías de estos.
Paco reside solo en su domicilio en Valencia. Tiene reconocido un grado 2 de dependencia y el entorno donde reside se encuentra en unas condiciones óptimas de salubridad e higiene. Se encuentra bien atendido ya que acuden a atenderle varias personas: su sobrina Carmen, que le acompaña por las mañanas a las visitas médicas y gestiones; su vecino Francisco, con quien mantiene desde hace años una relación de amistad, que le atiende por las tardes; y Juana que es una señora a la que contrataron sus hijos para las labores del hogar, hacer las comidas y ayudar a Paco a realizar su higiene personal. Paco manifiesta que desea continuar siendo atendido en su domicilio.
Teniendo en cuenta la situación de Paco responde a las siguientes cuestiones:
Ricardo, residente en Castellón, es el representante legal de su hermano Javier, de 38 años, con el que convive. Ricardo ha iniciado el procedimiento para que a Javier le sea valorado el grado de discapacidad por primera vez. Teniendo en cuenta que ha solicitado la valoración de factores sociales complementarios,
Juan Martínez desea solicitar la Renta Valenciana de Inclusión. La unidad familiar está compuesta por el propio Juan de 40 años, su pareja Antonia, y los cinco hijos de ambos de 13, 10, 8, 7 y 4 años (todos ellos residen de manera continuada en un municipio de la Comunitat Valenciana desde hace más de 1 año). Carecen de bienes inmuebles y de ingresos económicos, a excepción de la una pensión no contributiva por invalidez, sin complemento por tercera persona y no compatible con trabajo remunerado, que cobra Juan.