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1 - Según el artículo 18 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón, los proyectos de ley que apruebe el Gobierno de Aragón deberán incorporar:
Un plan estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres.
Un informe sobre su impacto por razón de género.
Un programa sobre su impacto de género.
Un estudio con perspectiva de género.