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1 - Según el artículo 23 de la Ley de Bases de Régimen Local, la Junta de Gobierno Local se integra por:
El Alcalde y los Portavoces de los grupos municipales.
El Alcalde y un número de concejales no superior al tercio del número legal de los mismos.
El Alcalde y un número de concejales no superior al tercio del número de Tenientes de Alcalde.
El Alcalde y todos los concejales que votaron a favor de su investidura.