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1 - Según el artículo 23 de la Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado, el Plan Andaluz de Voluntariado será aprobado por:
El titular de la Dirección General de Voluntariado y Participación.
El titular de la Consejería competente en materia de Voluntariado.
El Parlamento Andaluz.
El Consejo de Gobierno.