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1 - De conformidad con lo previsto en el artículo 32 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos en el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir:
Los treinta días siguientes a la defunción del causante.
Los sesenta días siguientes a la defunción del causante.
Los noventa días siguientes a la defunción del causante.
Los ciento veinte días siguientes a la defunción del causante.