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1 - El artículo 14 de la Constitución Española de 1978, que define los derechos y libertades, tiene la siguiente redacción:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión salvo sus circunstancias personales o sociales.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.