1 - Los conductores de vehículos de servicio público estarán sujetos a la obligación de no superar una tasa de alcoholemia de:
0,30 gramos de alcohol por litro de sangre.
0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
Ambas respuestas anteriores son correctas.
2 - Según establece la L.O. 1/2004 de Violencia de Género, las medidas de protección y seguridad que el juez puede adoptar, pueden ser solicitadas:
De oficio o instancia de las víctimas, de sus hijos o de las personas que convivan con ellas.
Además de por la opción a, el Ministerio Fiscal o Administración de la que dependan los servicios de atención a las víctimas.
Ninguna de las dos respuestas anteriores es correcta.
3 - Según se establece en los arts. 47 y 132 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, los Reglamentos municipales se aprueban por:
Mayoría absoluta.
Unanimidad de todos los asistentes.
Mayoría simple.
4 - La categoría de Inspector de los Cuerpos de Policía Local, se corresponde con:
La escala ejecutiva con clasificación de Subgrupo A-2.
La escala ejecutiva con clasificación de grupo A-2.
La escala técnica con Subgrupo A-1.
5 - La Inspección Técnica de Vehículos a motor concebidos y fabricados para el transporte de personas y su equipaje, con más de 8 plazas excluida la del conductor será de:
Hasta los 5 años de carácter anual y de más de 5 años semestral.
Hasta los 4 años estarán exentos y con más de 4 años será semestral.
Hasta los 5 años será de carácter bianual y con más de 5 años será anual.
6 - Es una causa mediata en los accidentes de tráfico:
La velocidad elevada o muy baja del vehículo.
El retraso en la percepción.
Los defectos del trazado o firme del pavimento.
7 - El Registro de conductores e infractores, según establece el R.D. 818/2009, será llevado y gestionado por:
La Jefatura Provincial de Tráfico.
La Jefatura Central de Tráfico.
La Dirección General de Tráfico.
8 - Las normas sobre estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, vienen reguladas en el Real Decreto 1428/2003 en:
El art. 27.
El art. 29.
El art. 28.
9 - Las medidas de intervención policial para el mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana en materia de reuniones y manifestaciones serán:
Utilizadas como último recurso.
Autorizadas siempre por la autoridad judicial.
Graduales y proporcionadas a las circunstancias.
10 - Las infracciones a las normas de utilización de los cinturones de seguridad, casco u otros dispositivos de seguridad de uso obligatorio, tendrán la consideración de: