Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los conductores de vehículos de servicio público estarán sujetos a la obligación de no superar una tasa de alcoholemia de:
0,30 gramos de alcohol por litro de sangre.
0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
Ambas respuestas anteriores son correctas.