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1 - Según dispone el artículo 18.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la inscripción de los extranjeros en el padrón municipal:
Les atribuirá derechos y libertades, aunque la legislación vigente no se los confiera.
No constituye prueba de su residencia legal en España.
Constituye prueba de su residencia legal en España.
No constituye prueba de su residencia legal en España, pero siempre se les atribuirá los derechos y libertades en condiciones de igualdad con los españoles.