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1 - Según el Estatuto Básico del Empleado Público, quedan excluidas de la obligatoriedad de la negociación colectiva, las materias siguientes:
Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción interna.
Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño.
La determinación de condiciones de trabajo del personal directivo.
Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.