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1 - Conforme a lo previsto en el artículo 31 del Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas para situaciones de urgencia, para el apoyo a la integración familiar y los complementos económicos para perceptores de pensión no contributiva, las Ayudas de Apoyo a la Integración Familiar se concederán:
Por un plazo máximo de cuatro años, siempre que no se produzcan variaciones respecto al domicilio familiar.
Por un plazo mínimo de tres años, con posibilidad de prorrogarse por un año más.
Por plazo no superior a dos años, pudiendo prorrogarse por períodos no superiores a la inicial, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el programa de atención social.
Por plazo de dos años improrrogables.