Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con el artículo 140 de la Constitución Española, los alcaldes o alcaldesas serán elegidos o elegidas por:
Los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.
Los concejales que conformen el Pleno municipal exclusivamente.
Por los concejales o los vecinos.