Examen parte 2 Catorce plazas de Administrativo/a Diputación Provincial de Valencia 2021

1 - Si se demora el pago del precio en los contratos sujetos a la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, el contratista podrá:
Suspender el cumplimiento del contrato si la demora es superior a cuatro meses.
Suspender el cumplimiento del contrato si la demora es superior a tres meses.
Suspender el cumplimiento del contrato si la demora es superior a dos meses.
2 - De conformidad con la Ley de Contratos del Sector Público, tendrán carácter privado:
Los contratos de obras.
Los contratos cuyo objeto sea la suscripción de revistas.
Los contratos de suministro.
3 - En la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, se consideran contratos menores:
Los contratos de valor estimado inferior a 50.000 euros cuando se trate de contratos de obras, o de 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios.
Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros cuando se trate de contratos de suministros o de servicio o de 15.000 euros, cuando se trate de contratos de obras.
Los contratos de valor estimado inferior a 40,000 euros cuando se trate de contratos de obras, o de 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios.
4 - Según el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de tas Haciendas Locales, en los créditos para gastos corrientes:
Se incluirán los de funcionamiento de los servicios, los de intereses y las transferencias corrientes.
Se incluirán los de adquisición de bienes fungibles, las amortizaciones y arrendamiento de inmuebles.
No se incluirán los de funcionamiento de los servicios ni los intereses.
5 - Según el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en los créditos para gastos de capital:
Se incluirán los de funcionamiento de los servicios, los de intereses y las transferencias corrientes.
Se incluirán los de inversiones reales, las transferencias de capital y las variaciones de activos y pasivos financieros.
Se incluirán las inversiones inmobiliarias, la adquisición de bienes inventariables y los préstamos.
6 - De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, fa creación de una Unidad de ordenación de pagos que ejerza la función administrativa de la ordenación de pagos corresponderá a:
Al Presidente de la entidad.
La Junta de Gobierno.
Al Pleno.
7 - Las certificaciones de acuerdos adoptados por los órganos de las entidades locales:
Se expedirán por orden del Presidente de la Corporación y con el visto bueno del Secretario para significar que el Presidente está en el ejercicio del cargo.
Se expedirán por orden del Presidente de la Corporación y con su visto bueno, para significar que el Secretario que las expide y autoriza está en el ejercicio del cargo y su firma es auténtica.
Se expedirán por orden del Pleno de la Corporación y con el visto bueno del Presidente, para significar que el Secretario que las expide y autoriza está en el ejercicio del cargo y su firma es auténtica.
8 - El Pleno de las Corporaciones Locales se constituye válidamente con la asistencia de:
Un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a cuatro.
Un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a cinco.
Un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a tres.
9 - De conformidad con la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, los contratos para la explotación de bienes patrimoniales tendrán una duración máxima de:
20 años, incluidas las prórrogas, salvo causas excepcionales debidamente justificadas.
25 años, incluidas las prórrogas, salvo causas excepcionales debidamente justificadas.
30 años, incluidas las prórrogas, salvo causas excepcionales debidamente justificadas.
10 - De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes será la Diputación Provincial o entidad equivalente a la que coordinará la prestación, entre otros, de los siguientes servicios:
Policía Local.
Recogida y tratamiento de residuos y limpieza viaria.
Recogida y tratamiento de residuos y cementerios y actividades funerarias.