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1 - En aquellos asuntos en que la Junta de Gobierno Local resuelva por delegación del Pleno:
Será potestativo el dictamen de la Comisión Informativa.
No se exigirá dictamen sino dar cuenta de la resolución del asunto en la siguiente sesión de la Comisión Informativa.
Será preceptivo el dictamen de la Comisión Informativa.
Será preceptivo en aquellos asuntos en que se exija una mayoría absoluta.