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1 - Según el art. 57 de la Constitución Española en cuanto a la sucesión en la Corona, extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho:
Los Poderes Públicos proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
El Gobierno proveerá a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
Las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
El Congreso de los Diputados proveerá a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.