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1 - Según establece el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, (en adelante LPAC) las Administraciones públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los siguientes interesados que así lo soliciten (señale la opción correcta):
Las personas físicas.
Las personas jurídicas.
Las entidades sin personalidad jurídica.