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1 - Según Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el descuido en el cumplimiento de las disposiciones expresas sobre seguridad y salud, tiene el carácter de falta:
Grave.
Leve.
Muy grave.
No es falta disciplinaria según el Estatuto Marco.