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1 - Según el artículo 55 del Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía:
La legislación en materia de productos farmacéuticos.
La competencia exclusiva en materia de sanidad exterior de los andaluces que están fuera de España.
La competencia exclusiva sobre la inspección y control de centros y servicios sanitarios.
La competencia exclusiva de la sanidad interior, así como su coordinación con otras Comunidades Autónomas sin intervención del Estado.