Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los vehículos destinados al transporte escolar y de menores, al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, al de servicio de urgencias, al de mercancías peligrosas o transportes especiales, los conductores no podrán circular con una tasa de alcohol en sangre superior a:
0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro.
0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.
0,25 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,50 miligramos por litro.