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1 - De acuerdo al artículo 16 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la delegación de competencias y su revocación:
Deberá publicarse en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
Deberá publicarse en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.
No será necesaria su publicación.