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1 - Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, quienes se encuentren en situación de servicios especiales percibirán:
Las retribuciones del puesto o cargo que desempeñan y no las que les correspondan como funcionarios de carrera.
Las retribuciones que les correspondan como funcionarios de carrera y las retribuciones del puesto o cargo que desempeñan.
Las retribuciones del puesto o cargo que desempeñan y el cincuenta por ciento del complemento de destino del puesto de origen como funcionario de carrera.
Podrá elegir entre recibir las retribuciones del puesto o cargo que desempeña o las que le correspondan como funcionario de carrera.