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1 - La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas:
Suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan.
No suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial
No suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.
No suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan en ningún caso.