1 - Según el artículo 1 de la Orden del Servicio de Ayuda a Domicilio, el personal que preste el Servicio de Ayuda a Domicilio tiene que ser:
personal cualificado y supervisado,
personal contratado por el ayuntamiento concesionario de la prestación.
tiene que tener el título de Auxiliar de Ayuda a Domicilio.
personal formado por el ayuntamiento, cualificado mediante el título de Auxiliar de Ayuda a Domicilio y supervisado por el/la Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Referencia
2 - Según la ley de Dependencia , 39/2006, 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en situación de Dependencia: “Es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal. La definición hace referencia a:
Autonomía.
Deficiencia.
Dependencia
Discapacidad
3 - Qué artículo de la ley 39/2006 establece que: “El servicio de ayuda a domicilio lo constituye el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria, prestadas por entidades o empresas, acreditadas para esta función....:
Artículo 23.
Artículo 89
Artículo 32.
Artículo 11.
4 - Según la orden por la que se regula la Ayuda a Domicilio:” Mantener un trato correcto y cordial con las personas que prestan el servicio, respetando sus competencias profesionales”, es :
Es un derecho del usuario/a.
es un deber de usuario/o.
es una obligación de los auxiliares de ayuda a domicilio.
Ninguna de las anteriores.
5 - El personal auxiliar de ayuda a domicilio tendrá, entre otras, las competencias funcionales que a continuación se detallan:
Realizar las actuaciones de carácter doméstico y personal.
Prestar a las personas usuarias la atención adecuada a sus necesidades, realizando un trabajo educativo y contribuyendo a la inserción y normalización de situaciones a nivel individual o convivencial.
Estimular el protagonismo de la persona usuaria, no sustituyéndola en aquellas tareas que pueda desarrollar autónomamente.
Todas las anteriores.
6 - Entre las características del Servicio de Ayuda a Domicilio, según la Orden de 15 de Noviembre no destaca:
Polivalente, transitorio, domiciliario, asistencial, global, educativo y técnico.
7 - Entre las características del SAD se encuentra la siguiente: “Utiliza los cauces establecidos para la satisfacción de las necesidades”, se trata de la característica: