1 - La Ley Orgánica 4/2010 de 20 de mayo del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, en su precepto relativo a las reglas básicas procedimentales (artículo 18.3), solo podrán recaer sanción penal y administrativa sobre los mismos hechos cuando:
No hubiera identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido.
Hubiera identidad de fundamento jurídico y del bien jurídico protegido.
En ningún caso conforme al principio del Derecho “Non bis in ídem” (no dos veces por lo mismo).
2 - Para la graduación de la sanción que se vaya a imponer a los funcionarios de Policía Local por las faltas cometidas de conformidad con la Ley Orgánica 4/2010 de 20 de mayo del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía se actuará bajo el principio de:
Legalidad.
Imparcialidad.
Proporcionalidad.
3 - De conformidad con lo previsto en la Ley de Coordinación de la Policía Local en la Comunidad de Madrid respecto al porte de armas por parte de los agentes auxiliares, responda la respuesta correcta:
Los agentes auxiliares, podrán llevar armas siempre que no sean de fuego. Igualmente podrán portar otro equipo de defensa.
Los agentes auxiliares, no podrán llevar armas de fuego ni cualesquiera otros equipos de defensa que no se encuentren reglamentados legalmente.
Los agentes auxiliares, no podrán llevar armas de fuego, aunque podrán portar otro equipo de defensa.
4 - La vigente Ordenanza del Ayuntamiento de Tres Cantos sobre protección del medio ambiente contra la contaminación acústica publicada en el BOCM nº 216 de fecha 11 de septiembre de 2017, en su artículo 6 “Periodos horarios” establece que el día a efectos acústicos se divide en:
Diurno y nocturno que abarcaría respectivamente las siguientes franjas horarias de 08,00 horas a 22,00 horas y de 22,00 horas a 08,00 horas.
Diurno y nocturno que abarcaría respectivamente las siguientes franjas horarias de 08,00 horas a 20,00 horas y de 20,00 horas a 08,00 horas.
Diurno, tarde o vespertino y noche que abarcaría respectivamente de 08,00 horas a 20,00 horas, de 20,00 horas a 22,00 horas y de 22,00 horas a 08,00 horas.
5 - Según lo dispuesto en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en Tres Cantos, las renovaciones de las autorizaciones para la venta ambulante :
Se renuevan automáticamente cada año.
Se renuevan coincidiendo con cada nuevo mandato municipal.
La autorización que se otorgue no dará lugar a un procedimiento de renovación automática ni conllevará ningún otro tipo de ventaja para el prestador cesante.
6 - Según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en Tres Cantos, se considera falta grave:
Utilizar megáfonos o altavoces, salvo en los casos expresamente autorizados por el Ayuntamiento.
No estar al corriente de pago de los tributos correspondientes.
No exhibir, durante el ejercicio de la actividad y en lugar perfectamente visible, la autorización municipal, disponiendo de ella.
7 - Según la Ordenanza reguladora de terrazas, pueden presentar denuncias por infracciones a la misma:
Solo son competentes para denunciar los viandantes afectados.
Es una competencia exclusiva de los agentes de la Policía Local.
Los agentes de la Policía Local y cualquier persona natural o jurídica podrá denunciar ante el Ayuntamiento.
8 - En virtud del artículo 5 de la Ordenanza reguladora de terrazas, ¿cuándo se debe comunicar al Ayuntamiento el cambio del mobiliario de la terraza autorizada?
Solo se debe comunicar si el nuevo mobiliario afecta a la superficie ocupada y previamente autorizada.
Deben comunicarse los cambios de mobiliario al Ayuntamiento.
Solo deben comunicarse los cambios de mobiliario si afectan al arbolado, vegetación y al paisaje urbano.