Primer ejercicio - Parte 2 - Examen Subalternos/as (discapacidad tres plazas) Ayuntamiento de Cádiz 22/05/2025

1 - A efectos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es definido como equipo de trabajo:
Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo.
Cualquier instalación, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo.
Ninguna de las anteriores es correcta.
2 - Entre los derechos a la protección frente a los riesgos laborales recogidos en el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales, el trabajador tiene el derecho a:
Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas y equipos de transporte.
Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes.
Una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
3 - El artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, considera discriminación directa por razón de sexo:
La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.
La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra, aún cuando las situaciones no sean comparables.
La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en ventaja particular con respecto a personas del otro.
4 - El artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece que todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad constituye:
Una discriminación efectiva por razón de género.
Una discriminación indirecta por razón de sexo.
Una discriminación directa por razón de sexo.
Ninguna de las anteriores son ciertas.
5 - ¿Permite la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, practicar las notificaciones por medios no electrónicos?
Si, cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante.
Si, cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento.
Ciertas a) y b).
Ninguna de las anteriores es correcta.
6 - ¿Cómo se practicarán, en todo caso, las notificaciones?
Personalmente.
Por escrito, personalmente.
Por escrito.
Por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.
7 - ¿Qué fecha se tomará como referencia a efectos de notificación cuando el interesado fuera notificado por distintos cauces?
Aquella que se hubiera practicado en primer lugar.
Aquella que se hubiera producido en primer lugar.
Aquella que se hubiera recibido en primer lugar.
Aquella que se hubiera practicado en último lugar.
8 - ¿Cómo procede obrar si nadie se hiciera cargo de la notificación en ausencia del interesado y el intento fuera posterior a las 15:00 horas?
Se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación y el medio, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento.
Se intentará una segunda vez dentro de los 2 días siguientes y antes de las 15:00 horas, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de 3 horas entre ambos intentos de notificación.
Se dará por finalizado el procedimiento sin más trámite.
Se intentará una segunda vez dentro de los 3 días siguientes y antes de las 15:00 horas, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de 3 horas entre ambos intentos de notificación.
9 - ¿Qué ocurre si no se ha enviado el aviso de notificación al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico del interesado que éste haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de la Administración u Organismo correspondiente o en la dirección electrónica habilitada única?
Que la notificación será defectuosa.
Que la notificación será infructuosa.
Que la notificación será plenamente válida.
Que deberá practicarse la notificación en papel.
10 - Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada:
Cuando hayan transcurrido diez días hábiles.
Cuando hayan transcurrido 15 días naturales.
Cuando hayan transcurrido 15 días hábiles.
Cuando hayan transcurrido diez días naturales.