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1 - ¿Puede cualquier persona física interponer una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo si considera que ha habido una violación de un derecho recogido en el Convenio Europeo de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de la Persona, con arreglo a los cuales deben interpretarse los derechos recogidos en la Constitución?:
Sí, las personas físicas pueden acceder directamente al TEDH sin necesidad de acudir antes a la vía judicial ordinaria.
Sí, cualquier persona física puede acceder al TEDH después de haber agotado la vía jurisdiccional ordinaria.
Sí, cualquier persona física puede acceder al TEDH después de agotar todas las vías internas, incluido, en su caso, el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
No, al TEDH no pueden acceder las personas físicas directamente