Primera prueba - Parte 2 - Auxiliar Administrativo/a (61 plazas) Ayuntamiento de Oviedo 2025

1 - El interesado puede entender suspendida la ejecución del acto impugnado:
Si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión de la ejecución del acto haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto.
Si transcurridos diez días desde que la solicitud de suspensión de la ejecución del acto haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto.
Si transcurridos treinta días desde que la solicitud de suspensión de la ejecución del acto haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto.
2 - El Capítulo segundo del Título VIII de la Constitución Española no establece la siguiente categoría de entidad local:
La isla.
La provincia.
La Comunidad Autónoma.
3 - De conformidad con la Carta Europea de la Autonomía Local:
Las competencias encomendadas a las Entidades locales, deben ser normalmente plenas y completas. No pueden ser puestas en tela de juicio ni limitadas por otra autoridad central o regional, más que dentro del ámbito de la Ley.
Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.
El gobierno y administración de los municipios corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos.
4 - Un reglamento municipal que vulnere una disposición con rango de ley es:
Nulo.
Anulable.
Inaplicable.
5 - De acuerdo al artículo 7 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, la segregación de parte del territorio de un municipio para agregarlo a otro limítrofe podrá realizarse:
Cuando separadamente carezcan de recursos suficientes para atender los servicios mínimos exigidos por la Ley.
Cuando el núcleo o poblado de que se trate estuviere unido por calle o zona urbana a otro municipio originario.
Cuando existan notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o administrativa.
6 - Según el artículo 17 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Consejo de Empadronamiento:
El Consejo será presidido por el Alcalde del municipio correspondiente y estará formado por representantes de la Administración General del Estado y de los Entes Locales.
Tiene entre sus funciones, proponer la aprobación de las instrucciones técnicas precisas para la gestión de los padrones municipales.
El Consejo funcionará en Pleno y en Comisión, existiendo en cada Comunidad Autónoma una Sección Provincial bajo la presidencia del Delegado del Instituto Nacional de Estadística y con representación de los Entes Locales.
7 - Señale la respuesta incorrecta. De acuerdo al artículo 17 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, el extranjero residente tiene derecho a reagrupar con él en España a los siguientes familiares:
Los hijos del residente y del cónyuge, incluidos los adoptados, siempre que sean menores de dieciséis años o personas con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
Los ascendientes en primer grado del reagrupante y de su cónyuge cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.
El cónyuge del residente, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
8 - Según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en los municipios de gran población, son atribuciones de la Junta de Gobierno Local:
La aprobación de los proyectos de ordenanzas y de los reglamentos, excepto los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones.
El desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizados por el Pleno, y la gestión del personal.
La aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales.
9 - Por lo que se refiere al personal eventual, según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
Los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 75.000 y no superior a 500.000 habitantes podrán incluir en sus plantillas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder de la mitad del número de concejales de la Corporación local.
El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por la Junta de Gobierno Local de cada Corporación, al comienzo de su mandato.
El personal eventual cesa automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.
10 - Según el artículo 70 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los vecinos que gocen del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales podrán ejercer la iniciativa popular, presentando propuestas de acuerdos o actuaciones o proyectos de reglamentos en materias de la competencia municipal. Dichas iniciativas deberán ir suscritas al menos por el siguiente porcentaje de vecinos del municipio:
Hasta 5.000 habitantes, el 25 por ciento.
De 5.001 a 20.000 habitantes, el 20 por ciento.
A partir de 20.001 habitantes, el 10 por ciento.