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1 - De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y comunicaciones interiores.
Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio.
Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante comunicaciones interiores y órdenes de servicio.
Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante cualquier medio que la tecnología actual ponga a su disposición.