1 - ¿Qué anejo del CTE determina la resistencia al fuego de las estructuras de acero?
El anejo C.
El anejo D.
El anejo E.
2 - Capacidad de un elemento constructivo para mantener durante un periodo de tiempo determinado la función portante exigible, integridad y aislamiento térmico:
Reacción al fuego.
Resistencia al fuego.
Durabilidad.
3 - En edificios de uso eminentemente comercial, pública concurrencia u hospitalario, con una altura de evacuación sobre rasante superior a 28 m, la resistencia al fuego de los elementos estructurales en planta sótano será de:
R 90.
R 120.
R 180.
4 - El Principio de Bernoulli nos muestra como varían las energías que dispone un fluido entre dos puntos de una instalación, implica una relación entre los efectos:
Gravedad, presión, caudal
Gravedad, velocidad, presión
Gravedad, temperatura del liquido, caudal
5 - En relación al CTE DB SI 5, en caso de que el edificio esté equipado con columna seca debe haber acceso para un equipo de bombeo a menos de:
20 m.
30 m.
18 m.
6 - En relación al CTE DB SI 5, en relación a la accesibilidad por fachada, la distancia máxima entre los ejes verticales de dos huecos consecutivos no debe exceder de:
25 m.
35 m.
50 m.
7 - La longitud de los recorridos de evacuación se podrá aumentar cuando se trate de sectores de incendio protegidos con una instalación automática de extinción, un:
10%.
25%.
50%.
8 - En graderíos y tribunas con más de cinco filas y cuya pendiente exceda del 6% se dispondrá una barrera continua o rompeolas de una altura mínima de:
0,80 metros.
1,10 metros.
1,60 metros.
9 - La presión medida en el colector de impulsión de una bomba centrifuga, se denomina altura de impulsión y se expresa:
Kilo centrimetro cuadrado (kg/cm2)
en metros de columna de agua (m.c.a.)
milimetros de mercurio (mmHg)
10 - Se podrá sustituir el proyecto por una memoria técnica firmada por un técnico titulado competente, en los siguientes casos:
Establecimientos industriales de riesgo intrínseco bajo y superficie útil inferior a 500 m2.
Actividades industriales, talleres artesanales y similares con carga de fuego igual o inferior a 10 Mcal/m2 (42 MJ/m2) y superficie útil igual o inferior a 60 m2.
Todas aquellas actividades industriales que no presenten un riesgo intrínseco muy alto.