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1 - Según el artículo 27 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso a la información pública deberá notificarse, a la persona solicitante y a los terceros afectados que así lo hubiesen solicitado, lo antes posible y, como más tarde, en el plazo máximo de:
Un mes.
Dos meses.
Tres meses.
15 días.