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1 - Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 38.1, cuando el reo estuviere preso, la duración de las penas empezará a computarse desde...
el día en que el reo ingrese por primera vez en prisión preventiva
el día en que se dicte la sentencia condenatoria, aunque no sea firme
el día en que la sentencia condenatoria haya quedado firme