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1 - De acuerdo con la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 106.4, si el incumplimiento de una o varias obligaciones de la libertad vigilada fuera reiterado o grave, revelador de la voluntad de no someterse a las obligaciones o prohibiciones impuestas, el Juez...
acordará automáticamente la revocación de la libertad vigilada y la sustitución por pena privativa de libertad.
deducirá, además, testimonio por un presunto delito del artículo 468 de este Código.
podrá únicamente modificar las obligaciones o prohibiciones impuestas, sin perjuicio de imponer nuevas medidas de seguridad.