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1 - Según el artículo 116 ter. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, todas las Entidades Locales calcularán el coste efectivo de los servicios que prestan:
Antes del día 1 de enero de cada año.
Antes del día 1 de junio de cada año.
Antes del día 1 de julio de cada año.
Antes del día 1 de noviembre de cada año.