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1 - De conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Conferencia Sectorial es un órgano de cooperación que reúne:
Al ministro con competencias en materia de organización territorial en representación de la Administración General del Estado, como presidente, y a los presidentes de las Comunidades Autónomas.
Al miembro del Gobierno que, en representación de la Administración General del Estado, resulte competente por razón de la materia, como presidente, y a los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Al miembro del Gobierno que en la Administración General del Estado, resulte competente por razón de la materia, y a los presidentes de las Comunidades Autónomas, ejerciéndose la presidencia de la misma con carácter rotatorio.