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1 - De conformidad con el Decreto 72/2013, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, la parte fija del horario será de obligada asistencia para todo el personal:
Entre las 8:00 y las 15:00 horas, sin perjuicio de las medidas de flexibilidad horaria previstas para la conciliación de la vida familiar y laboral.
Entre las 9.00 y las 14.00 horas, sin posibilidad de aplicar sobre dicha franja medidas de flexibilidad horaria.
Entre las 9.00 y las 14.00 horas, sin perjuicio de las medidas de flexibilidad horaria previstas para la conciliación de la vida familiar y laboral.