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1 - De acuerdo con el Decreto 21/1996, de 6 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del sistema de archivos administrativos del Principado de Asturias anualmente y según el calendario establecido, las distintas unidades administrativas transferirán la documentación ya tramitada que corresponda a procedimientos finalizados bajo cualquiera de las formas legalmente establecidas y, en todo caso, cuando las resoluciones sean firmes y hayan sido ejecutadas:
Al correspondiente archivo central autorizado que deberá existir en cada Consejería.
Al correspondiente archivo central autorizado, o en su defecto al Archivo General.
A los archivos de gestión o de oficina.
Al Archivo Histórico.