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1 - Según el artículo 56 del Reglamento de la Junta General, se considerará válidamente constituida la Mesa de la Comisión cuando,
con la asistencia de un Letrado, estén presentes, al menos, dos de sus miembros electos
estén presentes, al menos, la mitad de sus miembros
estén presentes, al menos, la mitad de sus miembros y, en todo caso, su Presidente y Secretario
estén presentes, al menos, la mitad de sus miembros y, en todo caso, su Presidente y Secretario. En segunda convocatoria, se considerará válidamente constituida con la presencia del Presidente y Secretario