Parte 5 - Examen tipo test - Auxiliar Administrativo/a Concello de Ares 02/12/2022

Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - ¿Pueden existir supuestos de nulidad o anulabilidad distintos a los previstos en los artículos 47 y 48 da le Lay 39/2015?
No.
Si.
Pueden existir supuestos de nulidad
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2 - Si con la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2022 se incumpliese el techo de gasto, ¿deberemos presentar un Plan Económico Financiero o este no se ha de realizar hasta la liquidación del ejercicio 2021?, contando claro está con que la liquidación del 2021 cumpla la regla de gasto:
Si se supera el techo de gasto en el momento de elaboración del presupuesto, no se debe realizar un Plan Económico-Financiero pues habrá que reducir los gastos e ingresos hasta cumplir la regla de gasto
Si se supera el techo de gasto en el momento de elaboración del presupuesto, se debe realizar un Plan Económico-Financiero simultáneamente con el presupuesto a aprobar.
Si se supera el techo de gasto en el momento de elaboración del presupuesto, no se debe realizar un Plan Económico-Financiero. Dicha medida está reservada para cuando se incumplan los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto en la liquidación del presupuesto.
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3 - Cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril –LOEPYSF-, la variación del gasto computable de las corporaciones locales:
No podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, cuyo cálculo corresponde al Ministerio de Economía y Empresa, de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea en aplicación de su normativa.
Podrá superar el crecimiento del Producto Interior Bruto de largo plazo de la economía española, cuyo cálculo corresponde a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La variación del gasto computable será fijada por la Comisión Europea una vez enviado por el Gobierno el anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado.
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4 - En la liquidación del presupuesto del ejercicio 2021 se incumple la estabilidad presupuestaria al haberse tramitado durante el ejercicio un expediente de incorporación de remanente de crédito (de un gasto con financiación afectada no terminado totalmente en el ejercicio 2018) que se financió con el remanente de tesorería para gastos con financiación afectada que resultó del propio ejercicio 2018. La incorporación del remanente de crédito se realizo al capítulo 6 de gastos mientras la incorporación del remanente de tesorería se realizó al capítulo 8 de ingresos, por lo que no cuenta para el análisis de la estabilidad presupuestaria. Además este gasto afectado estaba financiado en un 12% con fondos de la Unión Europea y en un 80,50% por el Estado. ¿Cabe algún ajuste además del correspondiente al de los fondos de la Unión Europea?
La utilización del remanente de tesorería para financiar modificaciones de crédito afectarán, salvo que se cuente con margen suficiente, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto.
Si el remanente de tesorería utilizado es el que tiene la consideración de afectado, tendrá efectos sobre la regla de gasto, pues al tratarse de gastos financiados con subvenciones de otras administraciones públicas o de la UE, no se excluyen del cálculo del gasto computable (gasto financiero estructural), y por tanto no afectará al principio de estabilidad presupuestaria.
Si el gasto que se financia mediante el remanente de tesorería tiene carácter estructural, es decir, constituye un gasto ordinario y exclusivo del ejercicio, el plan económico-financiero no precisará de ajustes presupuestarios.
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5 - ¿Se puede hacer una modificación del presupuestos 2022 en enero de 2022?
No, pues es preciso contar con medios de financiación suficientes, y obviamente en el primer mes del año, es difícil que existan mayores ingresos recaudados o liquidados.
Sí se puede efectuar una modificación del presupuesto de 2022 en el mes de enero, sea este presupuesto el definitivo de la anualidad ya aprobado, o sea el prorrogado del año anterior (con o sin ajustes).
No, pues aún no se ejecutó el primer trimestre del ejercicio.
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6 - El Ayuntamiento tiene tres cuentas bancarias abiertas, a través de las cuáles se pueden efectuar los pagos de impuestos y tasas... En un municipio de aproximadamente 6.000 habitantes, ¿ está el Ayuntamiento obligado a mantener un número concreto de cuentas bancarias abiertas para el cobro de impuestos, y para la recepción de transferencias de otras Administraciones Públicas?
El principio previsto en la normativa presupuestaria es de centralización de la tesorería y unidad de caja, por tanto, y para favorecer las posiciones de tesorería así como el control de los fondos, lo recomendable es la existencia del mínimo número de cuentas tanto operativas de cobros y pagos, como restringidas de recaudación, evitando en la medida de lo posible disponer de cuentas ociosas que además pueden acarrear gastos financieros innecesarios, siendo necesario aconsejable al menos por consiguiente cuatro cuentas para cobros, pagos, restringida de recaudación y ahorro.
No existe legalmente establecido un número mínimo ni máximo preestablecido de cuentas bancarias de las que debe disponer un Ayuntamiento
Las dos anteriores son erróneas.
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7 - El Ayuntamiento tiene en la cuenta 555 «pagos pendientes de aplicación», por falta de consignación presupuestaria, pagos que se hicieron pero que cuando se fueron a contabilizar no había crédito en el presupuesto ¿cómo debemos regularizar dicha situación?
Primero se atenderán las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto (cuenta 413) o equivalentes (las que estén en la cuenta 555 «pagos pendientes de aplicación»).
Se atenderán en primer lugar las obligaciones de inversiones financieramente no sostenibles.
Debe ir a un reconocimiento extrajudicial de créditos.
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8 - ¿Qué es el presupuesto de un municipio?
Es lo que va a invertir el municipio y recaudar cada año de fecha a fecha y con el límite de 12 meses.
El presupuesto municipal es un estimativo de los ingresos fiscales y una autorización de los gastos públicos que efectúa el Municipio cada año, en ejercicio del control político que en materia fiscal le corresponde.
El presupuesto es la autorización limitativa para autorizar gastos e ingresos y en su caso solicitar subvenciones para completar la actividad municipal.
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9 - ¿Qué es la aplicación presupuestaria?
Es la información que permite la ejecución presupuestaria en tiempo real desde aspectos económicos, funcionales, tributarios y financieros del Presupuesto.
Es la unidad mínima de información que permite hacer un seguimiento a cómo va la ejecución del Presupuesto. Se puede decir que es una serie sucesiva de códigos que nos informan de los aspectos orgánicos, económicos, funcionales y cuantitativos de la ejecución del Presupuesto.
Es la información desagregada de información financiera y tributaria del presupuesto para ejecutar el mismo mediante distintas clasificaciones económicas, funcionales y orgánicas para su ejecución.
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10 - El reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos corresponderá:
Al presidente o al pleno de la entidad, de acuerdo con la atribución de competencias que establezca la normativa vigente.
Al presidente.
Al pleno.