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1 - (Reserva) ¿En qué supuesto puede el Gobierno acordar la suspensión individualizada de los derechos fundamentales previstos en los artículos 17.2 y 18.2 y 3. de la Constitución sin necesidad de declarar el estado de excepción?
En investigaciones propias de la policía judicial
En investigación de bandas armadas o elementos terroristas
En caso de alteraciones graves del orden público
En situaciones de epidemia declarada